viernes, 11 de marzo de 2016

COMPENSACIONES Y OTRAS RETRIBUCIONES EXTRASALARIALES

Las retribuciones los trabajadores percibe pueden clasificarse en salariales o extrasalariales
 
Las retribuciones salariales son las cantidades que el trabajador percibe como contraprestación a su trabajo. Pueden ser cantidades en dinero o percepciones en especie y todas estas se encuentran encuadradas en el art. 26 del Estatuto de los Trabajadores. ¡¡Están sujetas al régimen de cotización y tributación correspondientes!!
 
Las retribuciones extrasalariales se sitúan fuera del concepto de salario. estas cantidades son las que perciben los trabajadores como compensación o indemnización por su actividad. ¡¡Solo se satisfacen los días que se trabaja!!. Ejemplos que están incluidos dentro de este grupo pueden ser
los pluses de distancia o transporte urbano, los gastos de locomoción etc.
 
Las cantidades que los trabajadores perciben por estos conceptos, no computaran en ningún caso para el calculo de las indemnizaciones por despido, puesto que estas son halladas en base al calculo del salario, y las retribuciones extrasalariales no tienen la consideración de salario.
 
 
 
A continuación procedemos a explicar algunas de estas retribuciones extrasalariales.
 
Plus distancia y transportes urbanos
El desplazamiento o trayecto habitual que realiza el trabajador entre su domicilio y su puesto de trabajo, puede ser objeto de compensación por el empresario y estos gastos se aplican generalmente cuando el empresario cambia el centro de trabajo donde se prestan los servicios por parte del trabajador.

Gastos de locomoción y viaje
Suelen tener un carácter irregular, y que el empresario acostumbra a pagar al trabajador cuando realiza algún desplazamiento eventual a un lugar distinto al que generalmente es su puesto de trabajo. Sirve para compensar las dietas y la pernocta y esta no es incluida en las bases de cotización.

Propinas
No son considera jurisprudencialmente como una retribución salarial, lo cual puede ser considerado normal, cuando es generado por al voluntad de un tercero  hacia el trabajador y no generado a cargo del empresario. En este caso si puede en ocasiones considerarse salario, cuando así venga dispuesto en el Convenio Colectivo como un "INCENTIVO" hacia el trabajador.


Indemnizaciones por traslados
La indemnización por traslado tiene como finalidad compensar los gastos ocasionados al trabajador cuando éste se ve obligado a trasladar su domicilio por una modificación geográfica de su puesto de trabajo, solicitado por parte del empresario.
 

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